Fiscalía Anticorrupción emite medida de protección a favor de tres Regidores de Cuencamé

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DURANGO, Dgo.-A raíz del conflicto generado por las denuncias hechas por tres Regidores del Ayuntamiento de Cuencamé, Durango, en contra de Norma Elizabeth Sotelo Ochoa, alcaldesa de ese municipio el pasado 14 de noviembre, la Fiscalía Anticorrupción, en la carpeta de investigación número FECC/DGO/323/2023; resolvió emitir “una medida de protección para Adán Moreno Castro, Marcela Rosales y Ma. Cristina Favela Ante.

Esto, “en virtud de que representa un riesgo para la integridad psicológica de las víctimas, siendo que se debe tomar en consideración que las víctimas son entre ellas dos personas del sexo femenino y se encuentra en estado de vulnerabilidad contra su agresora quien tiene un cargo político relevante y que existen datos de prueba que acreditan el riesgo que representa para ellos su agresora”.

El documento contenido en tres hojas narra los antecedentes:

Que el pasado 14 de septiembre del 2023 una denuncia hecha por Adán Moreno Castro y ratificada por Marcela Rosales y Ma. Cristina Favela Ante, en la que hace del conocimiento amenazas directas que han recibido por parte de Norma Elizabeth Sotelo Ochoa, presidenta municipal de Cuencamé, Durango.

Cita también este documento que “El Ministerio Público ordenará fundada y motivadamente la aplicación de las medidas de protección idóneas cuando estime que el imputado representa un riesgo inminente e contra de la seguridad de la víctima u ofendido, ordenando las siguientes fracciones:

V.-La prohibición de realizar conductas de intimidación o molestia a las víctimas u ofendidos o a personas relacionadas con ellos siendo estas personas los C.C. Adán Moreno Castro, Marcela Rosales y Ma. Cristina Favela Ante.

VIII.-Auxilio inmediato por integrantes de instituciones policiales, al domicilio en donde se localicen o encuentran las víctimas u ofendidos en el momento solicitado”.

Dicha medida de protección entrará a partir de que le sea notificada a la ciudadana y tendrá una vigencia de 90 días, en el entendido de que si esta medida no es respetada se le impondrá un arresto de hasta por treinta y seis horas.

Por Luis Ángel Galván Peimberth

@enlacemagazine

 

 

 

 

 

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